La Directiva de la Unión Europea (UE) destinada a la regulación de la protección de individuos que denuncian infracciones normativas y actos de corrupción ha entrado en efecto recientemente, marcando un hito en la promoción de la integridad en el ámbito empresarial. En consonancia con esta legislación, cualquier empresa que opere en uno de los 27 Estados miembros de la Unión Europea, se encuentra ahora obligada a establecer un sistema interno de denuncias según los siguientes requisitos.
Las empresas del sector privado que deben implementar un sistema de canal de denuncias son:
- Personas físicas o jurídicas del sector privado con 50 o más empleados.
- Partidos políticos, sindicatos, patronales y fundaciones.
- Todas las empresas, sin importar el número de empleados, que estén dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en relación con servicios, productos y mercados financieros, prevención de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, seguridad del transporte y del medio ambiente.
En el sector público, las entidades obligadas a implementar un sistema de canla de denuncias son:
- La Administración General del Estado, las administraciones regionales y provinciales.
- Los Organismos y Entidades públicas vinculados o dependientes de alguna Administración pública.
- Las Corporaciones de Derecho Público.
- Universidades públicas.
- Las fundaciones del sector público.
En este contexto, es crucial garantizar su pleno cumplimiento normativo. Para ello, se hace imprescindible la adopción de una solución que no solo sea de uso sencillo, sino que también garantice una seguridad del 100%.